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MANIFIESTO: Sin techo, trabajo y todos los derechos no es acogida

Sin todos los derechos no es acogida

DÍA MUNDIAL DE LAS PERSONAS REFUGIADAS:

Por una acogida real para las personas LGTBI+ refugiadas

Cada 20 de junio se conmemora el Día Mundial del Refugiado en honor de las personas refugiadas y desplazadas y en recuerdo del aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.

Catalunya es una tierra de acogida para las personas que buscan protección internacional. Hace algunos años el pueblo catalán se movilizó por miles tras la consigna “Volem acollir”; también lo hizo Barcelona, sumándose al mensaje de “Refugees welcome”.  En lo que hace a las personas LGTBI+, ya desde los años 70, Barcelona, se transformó en una ciudad de destino para personas “sexiliadas” tanto de España como de América Latina que vivía tiempos de dictadura y de homofobia institucionalizada. Esto sigue siendo así hoy en día, en un mundo y en un tiempo en el que, más allá de todos los avances conseguidos por el movimiento LGTBI+ a nivel internacional, más de 70 países criminalizan a las personas LGTBI+. En otros países en los que formalmente las personas LGTBI+ no son criminalizadas, la LGTBIfobia socialmente arraigada hace sus vidas inviables en esos contextos.

Centenares de personas LGTBI+ solicitantes de protección internacional llegan cada año a Barcelona. Las personas LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersexuales, no binarias, entre otras) provienen de países donde las orientaciones sexuales y las identidades y expresiones de género no normativas son ilegales o donde siendo legales son socialmente inaceptables. Se trata de personas que buscan protección de violencias tales como abusos verbales, emocionales, físicos y sexuales, las agresiones, el acoso, el rechazo generalizado, la discriminación a la hora de acceder a la vivienda y al empleo, la destrucción de sus propiedades, chantajes, prostitución forzada, matrimonios heterosexuales forzosos, «violaciones correctivas» e intervenciones coactivas para cambiar su orientación sexual e identidad de género. Estas situaciones, repetimos, no sólo se da en países donde las disidencias sexuales y de género son legalmente criminalizadas, sino en muchos otros contextos.

Como resultado de estas experiencias, las personas migrantes forzadas que se identifican como LGTBI+ pueden llegar al país de acogida con problemas de ansiedad, depresión, trastorno de estrés postraumático y síndromes de trauma complejo. Estos problemas se ven exacerbados por las dificultades del asentamiento, incluido el acceso a la vivienda en condiciones dignas, el aprendizaje de un nuevo idioma y la falta de ingresos.

Incluso las violencias experimentadas por refugiados en sus países de origen y durante su migración hacia la Unión Europea no acaban automáticamente cuando llegan a Barcelona: las intersecciones de ejes de desigualdad que las atraviesan (origen, sexualidad, género) las hacen especialmente vulnerables.

Las personas LGTBI+ migrantes y solicitantes de protección internacional son diferentes de otros grupos que son perseguidos: sus familias y comunidades de origen a menudo contribuyen al abuso. A diferencia de lo que ocurre con otros grupos de personas migradas, una vez que las personas LGTBI+ se encuentran en un país de acogida, no suelen contar con el apoyo de su comunidad de compatriotas. Cuando mantienen el contacto con miembros de su comunidad, a menudo reprimen su orientación sexual ni su identidad de género. Además, cuando se encuentran con la comunidad LGTBI+ local, pueden llegar a sentirse culpables y avergonzadas por su historial de persecución y lo ocultan. A menudo pierden estas fuentes potenciales de apoyo social y se sienten muy aisladas. 

Muchas personas, tras pasar por procesos complejos de salida de su país y de llegada a Barcelona, tampoco encuentran una respuesta ajustada a sus necesidades. En muchos casos las personas LGTBI+ solicitantes de refugio no califican según los criterios de vulnerabilidad utilizados para el acceso a servicios sociales, y deben sobrevivir varios meses con apoyos públicos muy limitados, deficitarios y a veces inexistentes. Es intolerable el prolongado tiempo de espera al que se ven sometidas las personas solicitantes de asilo, con procesos burocratizados, lentos y complejos. Es igualmente intolerable la falta de acceso al programa de acogida por parte de muchas personas refugiadas LGTBI+.

Denunciamos la situación de las personas refugiadas LGTBI+ que se ven obligadas a vivir en las calles o en condiciones precarias. Es inaceptable que quienes buscan refugio y protección sean privados de un derecho fundamental como es el acceso a una vivienda segura y digna. Rechazamos rotundamente esta situación en la que las personas refugiadas LGTBI+ han de enfrentarse a la falta de vivienda y a la discriminación en su búsqueda de seguridad. Es responsabilidad de las autoridades -y de la sociedad en su conjunto- garantizar que todas las personas, con orientaciones sexuales e identidades y expresiones de género no normativas, tengan acceso a viviendas adecuadas.

Como ACATHI manifestamos nuestra profunda preocupación por la inseguridad y precariedad de los espacios de acogida. Es inadmisible que las personas refugiadas LGTBI+ se vean expuestas a situaciones de violencia, discriminación y falta de protección en los lugares destinados a brindarles seguridad. Demandamos que se garanticen espacios seguros, libres de cualquier forma de violencia o discriminación, donde las personas refugiadas LGTBI+ puedan reconstruir sus vidas en condiciones de dignidad y respeto.

Denunciamos también que las dificultades que enfrentan las personas refugiadas LGTBI+ para acceder al empleo. Es frecuente ver a personas refugiadas LGTBI+ excluidas y discriminadas en el ámbito laboral, siendo que el acceso al empleo es fundamental para su integración y autonomía.

ACATHI es una entidad de referencia para la acogida de las personas LGTBI+ solicitantes de protección internacional en Cataluña. Con dos décadas de experiencia, hemos generado los conocimientos y las herramientas necesarias para favorecer una inclusión real de las personas refugiadas LGTBI+, centrada en la creación de competencias culturales y sociales, haciendo red con los servicios asistenciales necesarios (especialmente recursos habitacionales y de acompañamiento personal y social) y los múltiples recursos públicos necesarios para este objetivo. Pero cotidianamente nos encontramos con límites en los recursos existentes y trabas burocráticas que retrasan los procesos.

Por esto, decimos que la acogida a las personas LGTBI+ refugiadas debe ser real, y denunciamos que se trata de uno de los colectivos más vulnerables y vulnerados, y necesitados de apoyo.

Porque SIN HOGAR NO ES ACOGIDA exigimos el fortalecimiento de programas de vivienda específicos, que tengan en cuenta las necesidades y realidades de las personas refugiadas LGTBI+. Estos programas deben ser libres de discriminación y brindar estabilidad y protección a quienes más lo necesitan. Las viviendas deben ser seguras, dignas y proporcionar un entorno donde las personas refugiadas LGTBI+ puedan reconstruir sus vidas y vivir en condiciones de igualdad y respeto.

Porque SIN TRABAJO NO ES ACOGIDA  es necesario que las autoridades y las empresas promuevan políticas y prácticas inclusivas, que fomenten la diversidad y la no discriminación en el ámbito laboral. Las personas refugiadas LGTBI+ deben tener las mismas oportunidades de empleo que cualquier otra. Es responsabilidad de la sociedad en su conjunto garantizar que las personas refugiadas LGTBI+ tengan acceso a programas de formación y capacitación que les permitan adquirir las habilidades necesarias para acceder al empleo. Exigimos a las autoridades y a las empresas que se comprometan activamente en la eliminación de las barreras y la promoción de oportunidades laborales para las personas refugiadas LGTBI+.

Porque SIN TODOS LOS DERECHOS NO ES ACOGIDA denunciamos enérgicamente las dificultades de acceso a derechos que enfrentan las personas refugiadas LGTBI+. Reafirmamos que todas las personas, sin importar su cuerpo, orientación sexual, expresión e identidad de género, tienen derecho a vivir con igual dignidad. Exigimos el pleno respeto de los derechos humanos de las personas refugiadas LGTBI+. Esto incluye el derecho a la no discriminación y a una vida libre de violencia -en todos los espacios privados y públicos-, en el acceso efectivo al derecho a la salud, en el reconocimiento de la identidad de género autopercibida, entre otros.

Desde ACATHI, no queremos ni podemos ignorar que atravesamos un contexto histórico y político en el que los discursos de odio de todo tipo, y particularmente contra las personas LGTBI+, racializadas y migrantes y refugiadas, se multiplican y encuentran cierto eco social. El ascenso de la extrema derecha en Europa, en España y en Cataluña, y su integración a las instituciones representativas, nos genera una enorme preocupación y, advertimos, pone en riesgo mínimos consensos sociales sobre los derechos humanos, y en este caso, sobre la voluntad de acogida de la sociedad catalana.

Convocamos a todas las personas a activarse, de todas las formas posibles a su alcance, por la defensa de los derechos humanos y contra toda expresión de LGTBIfobia, racismo y xenofobia, y, en este contexto histórico adverso a nivel europeo y estatal, a unir esfuerzos por una acogida real a todas las personas refugiadas, que desde una mirada de género, interseccional e intercultural, incluya a las personas LGTBI+, sus experiencias y sus particularidades.

Exhortamos a todas las administraciones públicas, a actores sociales de todo tipo, a las comunidades migrantes, y a la comunidad LGTBI+ catalana en su conjunto, a trabajar en red para evitar retrocesos y seguir avanzando en la construcción de una sociedad de igual dignidad e iguales derechos para todas las personas.

Barcelona, 20 de junio de 2023

ACATHI, COGAM, Fénix Asociación, Roja Directa, Ververipen y Kifkif, instamos a la protección de mujeres, niñas, personas LGTBI y otros grupos en peligro de persecución en Afganistán.

20 de agosto, Barcelona. Desde ACATHI, COGAM, Fénix Asociación y Kifkif, instamos a la protección de mujeres, niñas, personas LGTBI y otros grupos en peligro de persecución en Afganistán.

Después de la toma del palacio presidencial de Kabul y el colapso del poder oficial a manos de los talibanes, los derechos humanos y la seguridad de grupos vulnerables se ven gravemente amenazados.

Llamamos la atención sobre la criminalización e inseguridad de los colectivos LGTBI en Afganistán. Ya se enfrentaban a grandes desafíos legales y sociales antes de la toma de poder de los talibanes.

Diversos informes, entre los que destacan “Homofobia de Estado” realizado por ILGA, llamaban la atención en la carencia de certeza jurídica y imposición de pena de muerte sobre las personas LGTBI. Muchas organizaciones conocedoras de la realidad afgana indican que la situación de violación de derechos humanos hacia las personas LGTBI se verá agravada.

También es importante preocuparnos por las mujeres y niñas, debido a la restricción de derechos que producirá llegada al poder de los talibanes. Con la caída del gobierno afgano y la imposición de una lectura restrictiva de la sharía. Los avances logrados durante décadas corren el peligro de revertirse, condenadas a desaparecer del espacio profesional y público del país.

Hacemos un llamamiento al Gobierno de España para que defienda y promueva en la UE la puesta en marcha de corredores humanitarios que faciliten la llegada y posterior acogida de las personas refugiadas obligadas a huir de Afganistán. Asimismo, instamos a la Comunidad Internacional para que los esfuerzos que realicen en esta crisis política se hagan incluyendo en la toma de decisiones a los colectivos en peligro de persecución de Afganistán, cuyos derechos humanos deben restaurarse y respetarse.

En clave de acogida debemos prevenir discursos de odio que se están reavivando en contra de las personas musulmanas y el Islam. Porque es contraria a una real inclusión y al respeto de los derechos humanos.

Solicitantes de asilo olvidadas e invisibilizadas.

Prisión

Sufrir repetidas palizas a manos de familiares directos cuando eres menor de edad por mostrar una expresión de género distinta a la asignada al nacer. Ser violada por vecinos siendo menor y guardar el secreto por temor a ser castigada. Ser víctima de violencias constantes e intentos de asesinato por parte de las maras y pandillas por tu disidencia de género. Ser extorsionada por grupos criminales para ejercer la prostitución. Ser víctima de la violencia policial. Que te sea negado el acceso a tratamiento farmacológico para el VIH. Ser ignorada por todas las instancias gubernamentales ante todas estas violencias simplemente por ser una mujer trans*.

Según la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 cualquier superviviente de estas crueldades tiene motivos suficientes para solicitar protección internacional. Pero, ¿qué pasa si la persona que ha sido víctima de todas estas violencias en su país de origen, es arrestada al llegar a uno de nuestros aeropuertos e ingresada en una prisión de nuestro territorio?

En este día mundial de las personas refugiadas queremos poner el foco en un grupo de personas solicitantes de asilo olvidadas e invisibilizadas: las mujeres trans* migradas que están ingresadas en centros penitenciarios.

El pasado año a raíz de la innovadora instrucción que puso en marcha la Dirección General de Servicios Penitenciarios de Cataluña para “garantizar los derechos y la nodiscriminación” de las personas trans* ingresadas en los Centros Penitenciarios de este territorio, un periodista me dijo: “…cuéntame más sobre esas vivencias de violencia que las “trans” sufren en sus países de origen, porque eso las humaniza”. Después del enfado y la indignación ante esas palabras, pensé que en el imaginario colectivo las mujeres trans* no son humanas. En ese imaginario colectivo tránsfobo las mujeres trans* son solo un cúmulo de etiquetas peyorativas, despectivas y ofensivas

Como dice Kimberlé Crenshaw , cuando las cosas pasan en marcos que son desconocidos, las personas tenemos dificultades en nuestro pensamiento para integrarlas, pensarlas y recordarlas.

Cuando hablamos de estas mujeres trans*, no tenemos un marco referencial apropiado para ellas y, por tanto, es difícil verlas y recordarlas, más allá de los conceptos estigmatizantes que utilizan los medios y la opinión pública. Si, además, las políticas de inclusión no tienen en cuenta las diversidades que se solapan acaparando discriminaciones múltiples, estas mujeres seguirán en el olvido y, por tanto, continuarán en los márgenes de la exclusión y en situaciones de vulnerabilidad y violencia perpetua, ya sea en las prisiones o en las calles. Si reducimos la existencia de estas mujeres a las etiquetas de “la trans”, “la puta” y/o “la traficante”, negaremos su derecho individual a ser solicitante de asilo.

Estas mujeres trans, procedentes de países donde su identidad de género no es respetada ni por las leyes ni por sus comunidades, tienen historias trágicas que en muchas ocasiones acaban en asesinatos que ni siquiera son investigados por las autoridades. Al igual que podemos entender que las personas atraviesan el Mediterráneo en cayucos o pateras poniendo sus vidas en riesgo porque huyen de situaciones de violencia en países en conflicto bélico, o que las personas atraviesan fronteras físicas vigiladas para evitar la detención de agentes policiales por manifestar ideas contrarias a regímenes dictatoriales, deberíamos poder entender que la única opción de muchas de estas mujeres trans es poner sus vidas en riesgo (a veces ingiriendo más de 100 capsulas de cocaína y mantenerlas en el cuerpo en viajes transoceánicos), bajo las ordenes y amenazas de organizaciones criminales que se dedican al tráfico de drogas internacional, para poder abandonar, por fin, un país donde están viviendo situaciones de violencias y persecución contantes, sin ningún tipo de protección por parte de sus gobiernos.

Cuando muchas de las mujeres trans* privadas de libertad, a miles de kilómetros de distancia de sus países de origen, sin ningún tipo de red social ni familiar de apoyo cerca, te dicen “prefiero estar aquí (prisión) que en las calles de mi país”, a sabiendas de lo complicada que puede ser su vida en una prisión, te están manifestando, de una manera cruda y sincera, cómo de insegura, frágil, difícil y miserable eran sus vidas previas.

No deberíamos olvidar que aceptar, respetar y cumplir las condenas penales y civiles impuestas por la infracción de la ley, no debe suponer la negación de un derecho humano fundamental como es solicitar protección internacional. Y, en ese sentido, deberíamos recordar a jueces/zas, fiscales y abogad@s, que la imposición de una orden de expulsión del territorio y devolución a sus países de origen como parte de sus penas, en el caso de estas mujeres, puede suponer una condena a sufrir violencia nuevamente o incluso a la muerte.

La multiplicidad de identidades oprimidas que tienen estas mujeres no es detectable ni imaginable desde la visión de privilegio de la persona binaria blanca heteronormativa, ni tampoco desde las relaciones que este grupo diseña a nivel social, político y económico.

¿Qué es necesario para que estas mujeres trans* puedan ejercer este derecho?

En primer lugar, es imprescindible que estas mujeres sepan que tienen este derecho y, para ello, es necesario que sean informadas por los diferentes profesionales que entran en contacto con ellas, desde el momento de su detención en los aeropuertos hasta el cumplimiento de sus penas privativas de libertad.

Es necesario que empecemos a crear ese marco referencial, al que hacía referencia K. Crenshaw, sobre quiénes son estas mujeres trans* y la multitud de interseccionalidades que las atraviesan, para poder entender que sus vidas están marcadas por las violencias personales e institucionales que ellas han normalizado y, por tanto, que se sienten incapaces de nombrar por temor o sentimiento de invisibilidad.

Para crear este marco podríamos empezar haciendo dos cosas:

  1. Eliminar nuestros marcos, distorsionados desde el privilegio vivencial binarista, heteronormativos y eurocentristas del s.XXI, para aceptar que la realidad es mucho más amplia, variada y colorida. Dejar de señalar a la mujer trans como una anécdota folclórica, esté donde esté, y pensarla en todo su contexto y diversidad.
  2. Crear un imaginario colectivo sobre estas mujeres trans* migradas positivo, adaptado a todas sus realidades posibles. Un imaginario que, aunque genérico, permita desmontar estigmas y restaurar capacidades que les han sido negadas en sus países de origen. Es nuestra obligación pensar en ellas como mujeres que tienen una gran capacidad de resiliencia que hay que poner en valor. Una capacidad positiva que las ha permitido superar situaciones difíciles y adversas, demostrando sus competencias para aprender y trabajar y valerse por ellas mismas desde bien temprana edad. Mujeres que tienen mucho que enseñar sobre el dolor y la capacidad de perdonar para poder sobrevivir.

Cuando estas mujeres tienen la oportunidad de ejercer su derecho de solicitar asilo, las estamos haciendo participes de su propia historia, sin victimizarlas, pero reconociendo su sufrimiento.

Al reconocer y compartir sin vergüenza esa violencia sufrida a lo largo de sus vidas, que normalmente ha sido ocultada, negada y a veces hasta naturalizada, podrán deconstruir muchas corazas protectoras y pieles endurecidas que se vieron obligadas a crear para evitar el padecimiento constante. Y solo así podrán construirse esa identidad y expresión de género reivindicada desde sus infancias, pero ahora en un contexto de respecto e igualdad.

Quizás, solo así, con el compromiso de todos y todas (periodist@s, educador@s, trabajador@s sociales, agentes judiciales, policías, abogad@s, juezas y jueces, fiscales, funcionari@s de prisiones, psicólog@s, profesor@s, profesionales sanitarios…), de construir un imaginario colectivo sobre estas mujeres trans* que haga justicia a su existencia y que les permita ejercer todos sus derechos fundamentales sin restricciones, las personas cisgénero nos humanizaremos.

Con humildad y admiración hacia todas vosotras que os levantáis cada día reivindicando vuestra identidad.
Con reconocimiento a l@s profesional@s que “humanizáis” el sistema. Con cariño a Jordi, que has abierto puertas y ventanas.

beatriz losa
Coordinadora del proyecto de apoyo y acompañamiento a las personas LGTBIQ+ privadas de libertad en los Centros Penitenciarios de Cataluña “Aquí también somos diversas” https://www.acathi.org/project/aqui-tambien-somos-diversas/

Día mundial de las personas refugiadas 2020

Prórroga de vigencia de documentos de Asilo y apatridia (22/05/2020)

Instrucción núm. 9/2020: Medidas relativas a la prórroga de vigencia de determinados documentos de Asilo y apatridia

Puntos clave de las prórrogas de los documentos:

Resguardo blanco de solicitud (resguardo después de la entrevista) de protección internacional emitido antes del estado de alarma, se prorroga 9 meses a partir de la fecha de expiración, siempre que no se haya notificado negativamente la resolución.

Tarjeta roja de solicitante de asilo y tarjeta verde de apatridia emitidas antes del estado de alarma se prorrogan 7 meses a partir de la fecha de expiración, siempre que no se haya notificado negativamente la resolución.

A partir de los 6 meses de su expedición, tarjeta blanca y tarjeta roja autorizan a trabajar, aunque no lo indique expresamente. (importante: tarjeta verde de apatridia no autoriza a trabajar).

VOLANTE DE MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DE SOLICITAR PROTECCIÓN INTERNACIONAL CADUCADO (Volante en el que se indica la fecha de entrevista de asilo) durante estado de alarma se prorroga solo 3 meses para evitar devolución. HAY QUE VOLVER A SOLICITAR CITA PARA FORMALIZAR PETICIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL

QUEDAN ANULADAS LAS CITAS PREVISTAS PARA RENOVAR ESTOS DOCUMENTOS

DOCUMENTOS DE VIAJE DE REFUGIADOS Y APÁTRIDAS (Los ya concedidos, resueltos favorablemente) caducados 90 días antes del estado de alarma o durante el estado de alarma se prorrogan 6 MESES DESDE FECHA FIN ESTADO ALARMA.

 

https://www.instagram.com/p/CAfmOB0qs0C/

 

Documento oficial que efectúa la prorroga de vigencia de la documentación de protección internacional (06/04/2020)

Este documento podéis usarlo para demostrar que vuestra documentación sigue vigente, si alguien os dice que la documentación está vencida.
Medidas relativas a la suspensión de plazos en los procedimientos policiales
de extranjería por aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

RESPUESTA A PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA SITUACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL DURANTE EL PERIODO DE ESTADO DE ALARMA

 

1 de abril de 2020 (MINISTERIO DEL INTERIOR)

  • Protección Internacional

    • ¿Qué debo hacer si deseo solicitar protección internacional en este momento?Al tratarse de un trámite necesariamente presencial, no es posible llevarlo a cabo en los lugares habituales, dada la situación de emergencia sanitaria. El principio de no devolución será garantizado a aquellos que deseen solicitar protección internacional en territorio nacional durante esta situación.

    • ¿Qué sucede si tengo una cita para formalizar mi solicitud (entrevista con Policía Nacional) o para renovar mi documentación durante la vigencia del estado de alarma?Cuando se recupere la normalidad, se reasignarán las citas que no han podido hacerse efectivas durante estas semanas, una vez que se valore y decida la mejor manera de realizar esta reorganización.
      Se publicará información al respecto en la página www.https://www.policia.es/documentacion/documentacion.html
      Se recuerda, asimismo, que durante la vigencia del estado de alarma se mantiene la validez de la documentación acreditativa de haber manifestado la voluntad de solicitar protección internacional, de haber presentado la solicitud (resguardo blanco), y de ostentar la condición de solicitante de protección internacional (tarjeta roja), tanto si se dispone de cita para renovarla como si no se cuenta con ella.

    • ¿Puedo trabajar si durante la vigencia del estado de alarma se cumplen seis meses desde que formalicé mi solicitud de protección internacional?Si durante la vigencia del estado de alarma se cumplen seis meses desde que formalizó la solicitud de protección internacional y, por tanto, desde que se le expidió el resguardo (blanco) de presentación de solicitud, el resguardo le reconoce su derecho a trabajar, siempre que no se le hubiese notificado la resolución de su expediente.

    • ¿Qué tengo que hacer si tengo una cita para hacer una segunda entrevista en la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio durante este periodo excepcional?Cuando se retome la actividad normal, desde la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio se pondrán en contacto con todas las personas solicitantes cuya cita haya sido cancelada para reasignarla. Por lo tanto, no es preciso realizar ningún trámite al respecto.

    • ¿Qué sucede con mi procedimiento de solicitud de protección internacional o de solicitud de reconocimiento del estatuto de apátrida que se encuentra en tramitación en la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio?La Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio continúa trabajando de manera no presencial, y no es necesario que usted realice ninguna gestión o trámite para impulsar el procedimiento.
      Aunque los plazos de los procedimientos administrativos se han suspendido, como consecuencia de la declaración del estado de alarma, en caso de que quiera presentar documentación referida a un expediente concreto, puede hacerlo a través del registro electrónico.
      Si lo que desea es consultar alguna cuestión puntual, puede contactar a través de las direcciones genéricas habituales, así como, en último caso, a través de oar@interior.es; es importante subrayar que en esta dirección no se responden dudas sobre cita previa para trámites que realiza Policía Nacional, como formalización de la solicitud o renovación de documentación.

    • Si no puedo registrar la manifestación de voluntad de solicitar protección internacional, ¿cómo accedo a los recursos de acogida?Según lo establecido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, las personas que deseen solicitar su acceso a los recursos de acogida, al no ser posible realizar en este momento la manifestación de voluntad de protección internacional, deberán dirigirse directamente a las entidades de primera acogida de cada provincia, donde deberán firmar una declaración responsable de la intención de continuar con el procedimiento de solicitud cuando se reanude la actividad ordinaria.

Fuente: http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/covid-19/proteccion-internacional

 

ANULACIÓN DE CITAS – SUSPENSIÓN PLAZOS HASTA FINALIZAR ESTADO DE ALARMA

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OFICINA DE EXTRANJERÍA DE BARCELONA
NOTA INFORMATIVA – ESTADO DE ALARMA – 16/03/2020

ANULACIÓN DE CITAS – SUSPENSIÓN PLAZOS HASTA FINALIZAR ESTADO DE ALARMA

El sábado se publicó en el BOE el RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma en todo el país.
El Artículo 7 relativo a la Limitación libertad circulación no contempla la realización de gestiones administrativas como uno de los supuestos permitidos.
Por otra parte, la Disposición adicional tercera establece que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos.
El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el estado de alarma.
También los plazos de prescripción y caducidad quedan suspendidos.
En consecuencia, se suspende la atención presencial en la oficina, que quedará cerrada al público. Las citas quedan anuladas. En aquellos casos en los que sea posible la presentación telemática se remitirá un correo electrónico informando de tal posibilidad.

 

BARCELONA IMMIGRATION OFFICE
INFORMATION NOTE – ALARM STATUS – 16/03/2020

CANCELLATION OF APPOINTMENTS – SUSPENSION OF DEADLINES UNTIL THE END OF THE ALARM STATE

On Saturday, RD 463/2020 was published in the BOE declaring the state of alarm throughout the country.
Article 7 regarding the limitation of freedom of movement does not contemplate the carrying out of administrative procedures as one of the permitted cases.
On the other hand, the third additional provision establishes that terms are suspended and time limits for processing procedures are interrupted.
The calculation of the deadlines will be resumed at the moment that the state of alarm loses its validity.
Prescription and expiry periods are also suspended.
As a result, the office will be closed to the public. Appointments are cancelled. In those cases where telematic presentation is possible, an e-mail will be sent informing of this possibility.

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Venezolanos: concesión de una autorización de residencia temporal por razones humanitarias

En la reunión de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) correspondiente al mes de febrero, se ha propuesto la concesión de una autorización de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional de un año de duración, prorrogable, a ciudadanos de nacionalidad venezolana cuyas solicitudes de protección internacional hayan sido denegadas.

Una vez que sea notificada de manera individual la resolución de la Subsecretaria del Interior que acuerde, por delegación del Ministro del Interior, dicha medida con carácter definitivo, la persona solicitante podrá documentarse directamente en dependencias policiales, mediante obtención de cita previa en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, que se habilitará próximamente. De no estar habilitada la cita previa en su provincia, deberá obtenerse presencialmente en la Comisaría provincial de Policía.

La información relativa a la obtención de la cita será difundida a través de la página web de Policía en fechas próximas, donde se determinará la documentación necesaria para solicitar la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

Asimismo, la CIAR ha propuesto la adopción de un acuerdo para que las personas nacionales de Venezuela a las que se les haya denegado la protección internacional con anterioridad a febrero de 2019, siempre que sus solicitudes hubiesen sido presentadas y denegadas con posterioridad al 1 de enero de 2014, puedan beneficiarse de la autorización de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional, en caso de que cumplan determinados requisitos.

Para documentarse, se deberá solicitar cita del mismo modo que en el supuesto anterior.

Finalmente, se señala que desde la notificación de la resolución en la que se concede la autorización de residencia temporal se encuentra reconocido el derecho a trabajar, sin que sea preciso solicitar una autorización adicional.

TIE venezolanos

CIUDADANOS VENEZOLANOS
EXPEDICIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO (TIE)

Aquellos ciudadanos de nacionalidad venezolana a los que les hayan concedido y notificado autorización de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional deberán solicitar la expedición de la correspondiente tarjeta de identidad de extranjero directamente en dependencias policiales mediante la obtención de la cita previa a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/icpplus.

En el caso de que en su provincia de residencia no se esté habilitada la cita previa, podrá dirigirse personalmente a la comisaría de policía correspondiente.

Documentación que deberá de aportar:

– Impreso de solicitud EX17 (podrá obtenerlo a través de http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/17-Formulario_TIE.pdf)

– Impreso de abono de tasa código 012, modelo 790 (que deberá de obtener a través de https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/)

– Original y copia completa del pasaporte o documento de viaje, válido y en vigor. En su defecto, original y copia del pasaporte caducado (Instrucción conjunta del Director General de Migraciones y del Comisario General de Extranjería de 15 de marzo de 2019)

– Una fotografía, de acuerdo con los requerimientos establecidos en la normativa sobre documento nacional de identidad.

Cita previa para solicitar asilo

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NOTA INFORMATIVA
NOVEDAD EN EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL

Les informamos que a partir del próximo día 13 de enero de 2020 la iniciación de procedimientos de solicitud de protección internacional en Barcelona se realizará con cita previa. No será posible a partir de la fecha mencionada iniciar este tipo de procedimientos sin cita previa.

Mañana día 9 de enero a las 9 de la mañana se pondrán citas a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html

Para reservar cita para este trámite, tras seleccionarse la provincia de Barcelona, y clicar el botón ACEPTAR, deberá seleccionarse el trámite POLICIA – SOLICITUD ASILO.

A partir del día 13 de enero de 2020 se añadirán nuevas citas para este trámite en la web en lunes alternos, a las 9 de la mañana.

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