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Las personas extranjeras son a todas aquellas que no tienen la nacionalidad española. Sin embargo, no a todas se les aplica la misma legislación cuando están en España. Podemos distinguir:
[/cmsms_text][cmsms_toggles mode=»toggle» animation_delay=»0″][cmsms_toggle title=»Régimen general de extranjería»]
En el régimen general se tratará lo relativo a los derechos y libertades de las personas que son nacionales de terceros países, considerando así a aquellos que no son españoles o nacionales de países pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, así como sus familiares (sujetos al régimen comunitario).
Podemos encontrar algunas exclusiones, como las que afectan a las personas (y sus familiares) que pertenecen a organizaciones u organismos internacionales o intergubernamentales con sede en España.
Normativa: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
[/cmsms_toggle][cmsms_toggle title=»Régimen comunitario»]
El régimen comunitario se aplica a los derechos de entrada y permanencia en España de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
También se aplica a los familiares (sea cual sea su nacionalidad) de los españoles y de los nacionales de los países antes mencionados siempre y cuando residan en España, siendo estos:
El cónyuge o pareja análoga, inscrita o no.
Los descendientes y los del cónyuge.
Los ascendientes y los del cónyuge.
Ciertos miembros de la familia que cumplan determinados requisitos, denominada familia extensa.
Normativa: Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
[/cmsms_toggle][cmsms_toggle title=»Protección internacional «]
Regula el régimen que España debe aplicar tanto a los extranjeros no comunitarios como a los apátridas que huyen de su país de origen o residencia por tener temores fundados a ser perseguidos, o peligro que pueda suponer un riesgo para su vida. Se trata de la llamada protección internacional, que comprende tanto el asilo como la protección subsidiaria.
Normativa: Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria
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