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Ilegalización del colectivo LGBTIQ+ en Rusia

Rusia LGBT

El 30 de noviembre de 2023, el Tribunal Supremo de Rusia realizó una acción significativa al reconocer el movimiento LGBTI internacional como una «organización extremista». Esta decisión tiene implicaciones profundas y de gran alcance para los derechos y libertades de la comunidad LGBTI en Rusia. La calificación de «extremista» impuesta por el tribunal efectivamente prohíbe todas las actividades relacionadas con el colectivo LGBTI en el país.


Esta sentencia del Tribunal Supremo de Rusia fue precedida por una solicitud del Ministerio de Justicia ruso, que buscaba que el movimiento LGBTI internacional fuera declarado como una «organización extremista». Este paso marca una escalada significativa en las políticas y medidas represivas contra la comunidad LGBTI en Rusia.


La directora de Amnistía Internacional, Marie Struthers, ha advertido sobre las «consecuencias catastróficas» de esta decisión. La sentencia no solo prohíbe la actividad pública relacionada con el colectivo LGBTI, sino que también plantea serias preocupaciones sobre los derechos humanos y la libertad de expresión en Rusia.


Esta decisión del Tribunal Supremo, liderada por el juez Oleg Nefedov, es un claro indicativo del endurecimiento de las políticas del gobierno ruso hacia las minorías sexuales y de género. La ilegalización del colectivo LGBTI en Rusia representa un retroceso considerable en términos de tolerancia y aceptación de la diversidad, subrayando un giro hacia políticas más conservadoras y represivas en el país.


La ilegalización del colectivo LGBTI en Rusia tiene implicaciones significativas para organizaciones como ACATHI, una entidad que trabaja con migrantes y refugiados LGBTIQ+. Aquí se detallan algunos de los impactos y desafíos que esta situación puede generar:


Aumento en el número de solicitantes de asilo: Es probable que la decisión de Rusia incremente el número de personas LGBTIQ+ que buscan asilo en otros países debido al miedo a la persecución. Esto podría resultar en una mayor demanda de servicios y apoyo por parte de organizaciones como ACATHI


Necesidad de recursos adicionales: Con un posible aumento en el número de refugiados y migrantes LGBTIQ+, ACATHI podría necesitar incrementar sus recursos, tanto humanos como financieros, para atender adecuadamente las necesidades de esta población.


Desafíos legales y burocráticos: La situación en Rusia puede complicar el proceso de asilo para los migrantes y refugiados LGBTIQ+, requiriendo una mayor asistencia legal y apoyo en la navegación de trámites burocráticos.


En resumen, la ilegalización del colectivo LGBTI en Rusia es un desarrollo alarmante que señala un deterioro en el respeto a los derechos humanos y las libertades individuales en el país. Esta medida no solo afecta a la comunidad LGBTI, sino que también pone de relieve las crecientes restricciones a la libertad de expresión y la creciente intolerancia hacia la diversidad en Rusia.

Exigimos justicia para Jesús Ociel Baena Saucedo y todas las víctimas de crímenes de odio LGBTIQ+

El vil asesinato del magistrado y activista no binario Jesús Ociel Baena Saucedo nos ha llenado de dolor y rabia. Pero también ha avivado nuestra sed de justicia.

Es urgente que las autoridades realicen una investigación rápida, exhaustiva y transparente para esclarecer lo sucedido y llevar a los culpables ante los tribunales. No se puede permitir que este atrocidad quede impune.

Exigimos que se empleen todos los recursos necesarios para el esclarecimiento de los hechos, sin escatimar esfuerzos. Las familias de Jesús y su pareja merecen conocer la verdad y que se haga justicia.

Asimismo, demandamos la aplicación de los protocolos y reformas legales necesarias para garantizar los derechos y la seguridad de las personas LGBTIQ+, especialmente ante crímenes de odio. No podemos seguir permitiendo que se seguen cobrando vidas por prejuicios y discriminación.

El caso de Jesús Ociel no es aislado. Cada año, cientos de personas LGBTIQ+ en México y el mundo son víctimas de ataques, agresiones y asesinatos por su orientación sexual o identidad de género. Exigimos tolerancia cero ante estas violaciones de derechos humanos.

Hoy más que nunca, la lucha por la justicia es la mejor forma de honrar la memoria de Jesús Ociel y todas las víctimas inocentes de la LGBTIQ+fobia. No pararemos hasta ver a los culpables condenados y hasta alcanzar una sociedad libre de violencia y discriminación.

La diversidad es riqueza, y el odio no puede ganar. Luchemos unidos por un mundo más justo e inclusivo. Nadie merece morir por ser quien es. Justicia para Jesús Ociel y para todas las personas LGBTIQ+ víctimas de crímenes de odio.

Desde ACATHI exigimos una investigación exhaustiva y rigurosa para esclarecer los hechos y llevar a los culpables ante la justicia. Asimismo, instamos a reforzar las medidas de protección y las políticas públicas destinadas a garantizar los derechos y la seguridad del colectivo LGBTIQ+.

La pérdida de Baena Saucedo nos recuerda dolorosamente que aún queda mucho camino por recorrer hacia una sociedad diversa, justa e inclusiva donde todas las personas puedan vivir con libertad y dignidad. Honoraremos su memoria persistiendo incansablemente en la consecución de ese ideal por el que él luchó.

La lucha de la comunidad No Binarie:
La comunidad No Binarie enfrenta obstáculos significativos en su integración y aceptación dentro de los movimientos disidentes y en la sociedad en general. Su existencia desafía las etiquetas y pone de manifiesto la necesidad de construir una cultura que valore y celebre la diversidad de género. Aunque las etiquetas pueden ayudarnos a encontrar nuestro lugar en el mundo, es importante que trabajemos para crear una sociedad en la que la diferencia sea aceptada y apoyada en lugar de ser motivo de discriminación.

La modificación del reglamento de la ley de extranjería

Extranjería

La modificación del reglamento de la ley de extranjería es un tema candente en estos días. Los cambios entrarán en vigor el 16 de agosto de 2022.

Con esta modificación, los inmigrantes que lleven al menos 2 años en situación irregular en España podrán obtener un permiso de residencia de 12 meses si acreditan haber realizado cursos de formación.

Se rebajan los requisitos para acceder al mercado laboral a las personas que se estén formando en España con un permiso de estudios.

Los requisitos económicos para la reagrupación familiar son ahora menores, por lo que el cónyuge ya podrá trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena, independientemente del tipo de permiso que tuviera el migrante ya presente en España.

Se agrega la posibilidad de perder la residencia temporal o de larga duración a las personas condenadas por trata o tráfico de personas.

Este Real Decreto modifica algunas de las opciones que tienen las personas migrantes en España en situación irregular para acceder al permiso de residencia por su arraigo social y laboral, es decir, por los vínculos que tienen con el país en el que residen.

Arraigo en formación

Se crea la figura del arraigo en formación, que otorgará la autorización de residencia por un año (12 meses) para los extranjeros que hayan permanecido de forma continuada en territorio nacional durante dos años, si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo y puede prorrogarse por otros 12 meses. Esta opción es para aquellas personas que lleven en situación irregular al menos dos años antes de la solicitud.

Tal y como se especifica en el Real Decreto, una vez finalizada la formación, y durante la vigencia de la autorización de residencia, el interesado presentará la solicitud de autorización de residencia y trabajo en la Oficina de Extranjería.

La solicitud debe presentarse junto con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empleador que garantice al menos el salario mínimo, o el convenio colectivo de aplicación, en el momento de la solicitud, y acreditación de haber superado la formación prevista en la solicitud de residencia. La Oficina de Extranjería te otorgará una autorización de dos años que te habilitará para trabajar.

Arraigo laboral

Se requiere del desempeño de una actividad laboral que suponga, en el caso de actividad por cuenta ajena, como mínimo una jornada de 30 horas semanales en el periodo de 6 meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses, y en el caso del trabajo por cuenta propia, una actividad continuada de, al menos, seis meses. Esta relación laboral deberá haberse realizado en situación legal de estancia o residencia.

No se puede tener permiso de residencia en España si se han tenido antecedentes penales en el país de origen que se consideren los delitos en España o en España. Tampoco se puede conceder un permiso de residencia a una persona que haya participado de alguna manera en la trata de seres humanos.

Reagrupación familiar

Se reducen los medios económicos que debe acreditar una persona extranjera para que su familia pueda obtener un permiso de estancia en España y reunirse con él/ella. Esta modificación contempla excepciones en el caso de que la cuantía no alcance el indicador del 150% del IPREM (índice de referencia en España para la asignación de ayudas y subvenciones en función de la renta) en el caso de un adulto y un menor que ya contemplaba esta ley (esto serían al menos 868,53 euros mensuales o 10.422,36 euros anuales en 2022).

Para aquellos casos en que no se alcance dicha cuantía y dada la situación de las personas reagrupadas, para una unidad familiar de dos miembros, siendo uno de ellos menor de edad, se exigirá el 110% del importe de la renta garantizada de la Renta. Mínimo Vital de forma anual. Sería una cantidad de 8.436,43 euros anuales para una unidad formada por un adulto y un menor. Por cada menor adicional se requerirá un 10% adicional con un límite máximo de 150%.

El cónyuge reagrupado, que llegue a España, tendrá permiso para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, con independencia del tipo de permiso que tuviera la persona migrante ya este presente en España. La autorización de residencia por reagrupación familiar renovada se extenderá hasta la misma fecha que la autorización de que sea titular el reagrupante en el momento de la renovación.

Esta modificación mantiene la obligación para el cónyuge que vaya a España de tener uno o más contratos de trabajo “de los que se derive una retribución no inferior al salario mínimo interprofesional mensual”, aunque se elimina la cláusula de que este tenga una duración mínima.

Acceso al mercado laboral a las personas con permiso de estudios

Los estudiantes extranjeros que dispongan de un visado de estancia por estudios podrán compaginar la formación con el trabajo siempre que sea posible y siempre que no superen las 30 horas semanales de trabajo.

Se elimina la aclaración que decía que los ingresos obtenidos no podrán tener el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia, ni serán considerados en el marco del procedimiento de prórroga de estancia.

Además, Se elimina la necesidad de que los estudiantes acrediten una estancia ininterrumpida de tres años en España para poder solicitar un permiso de trabajo.

Perder la autorización de residencia temporal y de larga duración por condenas por trata o tráfico de personas

Se retirará la autorización de residencia temporal a una persona, cuando la persona extranjera haya sido condenado, mediante sentencia firme por la comisión de alguna de las conductas que hacen referencia a los delitos de trata de seres humanos y de tráfico de personas. Esto mismo sucedería con respecto a la autorización de residencia de larga duración.

Los permisos de residencia pasan de dos a cuatro años

El Real Decreto también cambia el periodo de renovación de ambos permisos, pasando de dos años a cuatro, tanto en los trabajos por cuenta propia como por cuenta ajena.

Fichas explicativas

La Generalitat de Catalunya (Subdirección General de Autorizaciones de trabajo) acaba de publicar la nota informativa 4/2022 Sobre la entrada en vigor del Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el cual se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, que transcribimos a continuación y pueden descargar.

Los procedimientos más afectados por estos cambios, pero no los únicos que han sido modificados, son los siguientes:

AUT05a – Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado t.ly/k1o8

AUT05c -Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado t.ly/mF1v

AUT05b – Autorizaciones de trabajo por cuenta propia para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicio de voluntariado t.ly/D9Cl

AUT05d – Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado t.ly/QgJe

MOD03a – Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación o formación, o prácticas no laborales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena t.ly/YjGQ

MOD03d – Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación o formación, o prácticas no laborales, a la situación de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (tarjeta azul UE) t.ly/hRX8

MOD03b -Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación o formación, o prácticas no laborales a la situación de residencia i trabajo por cuenta propia t.ly/6co0

MOD06a – Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena: el solicitante es el extranjero habilitado para trabajar por cuenta ajena t.ly/1NSF

MOD04a – Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena para excomunitarios t.ly/Hrp2

Si quieres saber sobre asilo: https://www.acathi.org/preguntas-asilo/

La noción de «país seguro», amenaza a los derechos de las personas refugiadas LGBTIQ+

País seguro

La protección internacional (asilo) que diversos instrumentos de derechos humanos y, especialmente, la Convención de Ginebra de 1951 confieren a determinadas personas frente a la persecución o los daños que padecen o pueden sufrir en sus países de origen se está viendo cada vez más cuestionada por el Derecho de la Unión Europea. Se están desarrollando varios mecanismos que intentan evitar que accedan al territorio de los Estados Miembros esas personas necesitadas de protección o cuando sí logran llegar dificultar que sean admitidas sus solicitudes.

La concepción de “país seguro”, es uno de esos mecanismos dirigidos a mantener alejadas a las potenciales solicitantes de asilo y a hacer posible su deportación/expulsión.

Desde la Convención de Ginebra de 1951 y Protocolo de Nueva York de 1967 establecieron por primera vez la obligación de los Estados de proteger a toda persona que se encuentre en determinadas circunstancias (fuera de su país de origen, con temor fundado a una persecución en ese país por alguno de los motivos legalmente previstos), con carácter general y universal. En especial, la Convención de Ginebra de 1951, adopta un enfoque netamente individualista de análisis caso a caso. Ambos instrumentos, refuerza la prohibición de discriminación contenida en su artículo 39, pretende que se atienda a las circunstancias particulares de cada (y todo) demandante de protección, cuya necesidad real debe ser analizada en cada caso en concreto.
Desde la unión europea se plantea una directiva para Sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (Directiva 2013/32/UE). En ella se contemplan tres consecuencias de las consecuencias de país seguro:

  1. Puede permitir al Estado miembro la tramitación de una solicitud de protección internacional de un nacional de ese país a través de un procedimiento acelerado.
  2. Puede posibilitar que el Estado miembro inadmita una solicitud de protección internacional.
  3. Puede permitir que el Estado miembro no realice, o al menos que no lo haga de forma completa, el examen de la solicitud de protección internacional.

El estudio de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que interpreta y aplica los arts. 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, demuestra la necesidad de realizar un examen completo, tanto de las circunstancias imperantes en un determinado Estado como de las circunstancias concretas de la persona objeto de expulsión, antes de proceder a su expulsión. De lo contrario, el establecimiento de una lista atemporal y despersonalizada de países de origen seguros no es coherente con la jurisprudencia del TEDH.

La protección efectiva exigida por el TEDH a la hora de garantizar los derechos humanos de los extranjeros y en particular el cumplimiento del art. 3 del CEDH exige a los Estados parte evaluar las circunstancias existentes en el Estado de destino antes de proceder a la expulsión. Por lo que no cabe aplicar conceptos estereotipados para valorar la seguridad de un Estado.
En muchos lugares del mundo, las personas experimentan violencia y persecución debido a su orientación sexual real o percibida o su identidad de género. “Está ampliamente documentado que en todas las regiones del mundo las personas LGBTQI son blanco de homicidios, violencia sexual y de género, agresiones físicas, maltrato y tortura, detenciones arbitrarias, acusaciones de conducta inmoral, “desviada” o “antinatural”, y de limitación, restricción o exclusión en goce de los derechos de reunión, de expresión y de información, entre otros.” (ACNUR, 2014)

La misma Directiva 2013/32/UE demanda a los Estados miembros la adopción de mecanismos de identificación para las personas vulnerables, entre las que incluye a aquellas perseguidas por motivos de su orientación sexual o su identidad de género. La norma define como solicitante con necesidad de garantías procesales especiales a aquellos cuya capacidad para beneficiarse de los derechos y cumplir con las obligaciones establecidos en la Directiva es limitada debido a circunstancias personales. Los Estados miembros deben asegurarse de que las necesidades de los solicitantes LGBTQI son atendidas, incluyendo las de aquellos que son identificadas, ab initio y durante todo el procedimiento. Este mecanismo de identificación ha sido uno de los objetos de mayor oposición por parte de los Estados miembros y supone uno de los principales logros de la nueva Directiva.

Aún teniendo este aspecto en la directiva, algunos países están aplicando la noción de “país seguro” a las personas LGBTQI+, entendemos que esto va en contra de las garantías procesales que plantean la directiva. Además, creemos importante respetar el análisis caso a caso que plantean tanto la Convención de Ginebra de 1951 y Protocolo de Nueva York de 1967.
Las personas solicitantes de asilo LGBTQI+ tienen serias dificultades para expresar su orientación sexual o su identidad de género al pertenecer estos elementos de su personalidad al ámbito de su intimidad y a consecuencia misma del miedo provocado por la persecución institucional, social y familiar sufrida en sus países de origen.

Si bien, del estudio de la jurisprudencia española se han deducido los principios que rigen la práctica en la Administración y los Tribunales respecto a los procedimientos de concesión y denegación del derecho de asilo por motivos de orientación sexual e identidad de género. Destaca, entre ellos, la exigencia del análisis casuístico que requiere que se atiendan a las circunstancias específicas de cada caso a la hora determinar si concurren indicios suficientes sobre la existencia de persecución.

Reivindicamos, a nivel europeo, que para los casos de asilo LGBTQI+ se realice un análisis casuístico y se respeten todas las garantías procedimentales.

 

Creemos que la garantía de los derechos humanos (de todos los derechos, de todas las personas) y el cumplimiento de las obligaciones internacionales, lo que constituye un interés estatal de primer orden.

Vista y conoce más de asilo LGBTQI+: https://rainbowelcome.eu/
Únete a nosotros y actúa por el bienestar y los derechos de los refugiados LGBTIQ+.
Usa el hashtag #RainboWelcome para compartir tu apoyo al proyecto

¡Todo lo que piensas sobre la transfobia en Rusia es cierto!!!

LLAMAMIENTO A LA COMUNIDAD MUNDIAL

Hace poco vivíamos en otro país, en otras condiciones que nos proporcionaba la sociedad. Hasta hace poco, con las principales dificultades para realizarnos en lo personal y en lo social, hemos seguido el mismo camino que la mayoría de las personas Trans del mundo: reconocer su identidad, aceptarse a sí mismas, buscar ayuda, confirmar su género, terapia hormonal, cirugía estética, cirugías de corrección de sexo y la posterior socialización a largo plazo y vivir en realidades nuevas y más felices.


Así es importante admitir que, como usted, también tuvimos el lado negativo de la moneda, la falta de aceptación de parte de la sociedad, los suicidios entre los jóvenes trans que se quedaron sin apoyo y no encontraron una salida, los asesinatos por motivos de odio hacia las personas trans. Esta es la historia común de las personas Trans en muchos lugares del mundo, esa es nuestra historia.


La mayoría de las personas Trans de la Federación Rusa que superaron todas estas dificultades vivieron en secreto, crearon familias, se casaron y adoptaron niños, viviendo una vida normal sin molestar a nadie. Y nadie podría haber pensado que después de la modificación y adopción de la nueva Constitución de la Federación Rusa, seriamos las primeras bajo el golpe inhumano de los senadores de nuestro país, que decidieron aprobar una nueva ley y retroceder a la edad media, organizando una Inquisición a la comunidad Trans de Rusia, quitándonos el derecho a la vida.


El 14 de julio de 2020 marcó un antes y un después en las vidas de las personas Trans en Rusia. ¿Qué pasó? Se publicaron los proyectos no. 989008-7 «Sobre la modificación del Código de Familia de la Federación de Rusia para fortalecer la Institución de la familia» y no. 989011-7 «Sobre la modificación de algunas leyes de la Federación de Rusia en relación con la aprobación de la ley Federal «sobre la modificación del código de Familia de la Federación de Rusia para fortalecer la Institución de la familia”.


Estos proyectos de ley contienen cláusulas que violan directamente los derechos de los ciudadanos Trans. A saber: la introducción de nuevos modelos de certificados de nacimiento, con un marcador de género que permanece sin cambios durante toda la vida, permitiendo que las instituciones que registran un matrimonio formal verifiquen y requieran un certificado de nacimiento al solicitar el registro del matrimonio, estos reconocen el matrimonio entre transexuales y cisgéneros del mismo sexo (En Rusia, el matrimonio entre personas del mismo sexo está Prohibido).

Y, de hecho, gracias a este certificado de nacimiento inmutable, se termina forzadamente por decisión judicial y así se prohíbe este tipo de alianzas, de hecho, en el contexto de todo esto, la expulsión pública de las personas trans. Además, la retirada forzosa de los niños adoptados anteriormente por esas familias, por las autoridades de tutela y la prohibición total de la adopción de niños por esas parejas. Además, aquellas personas que cambiaron los documentos durante el cambio de sexo desde el 15 de noviembre de 1997, están obligados a presentarse en el registro civil antes del 01 de enero de 2022 y cambiar el certificado de nacimiento, al sexo anterior. ¿No es una locura??? ¿Cómo estamos ahora todos??? ¿Qué pasará con nuestras familias, nuestro trabajo, nuestros amigos que no conocen nuestro pasado? ¡El estado solo quiere destruirnos!


En su esencia, todo lo anterior nos convierte en personas de segunda clase, nos lleva más allá de los límites reales de la sociedad Rusa y viola profundamente los derechos fundamentales establecidos en la Constitución de nuestro estado y de cualquier estado.


Con la adopción de la nueva edición de la Constitución de Rusia, nuestra legislación está tratando de adaptarse rápidamente a los nuevos artículos en ella. En particular, reconocer el matrimonio solo entre un hombre y una mujer, llevando a las personas Trans más allá de la posibilidad de contraer, formar familias oficialmente. Además, la Constitución actualizada hace que la posibilidad de recurrir a los tribunales de la CEDH y la ONU sea inútil, dando prioridad a la legislación Rusa.

Ahora, para la comunidad de personas trans de Rusia, pueden llegar tiempos extremadamente difíciles de persecución y humillación en la sociedad. Nos vemos obligados a buscar apoyo dentro y fuera del país. Le pedimos que no se quede al margen y dé a este problema la máxima publicidad. Pedimos que se planteen los problemas de Transfobia y la violación de los derechos de las personas trans en Rusia y que sean públicos para todo el mundo. ¡Esta ley exige la condena de la Comunidad mundial ahora!


En estos días, hemos creado un grupo de iniciativa liderado por la persona trans número 1 de Rusia, que cambió de sexo hace 25 años por Varvara Strange, para oponerse a la aprobación de esta ley transfóbica, compuesta por Varias personas Trans, Anastasia Fedyanina, Anna Volkova e Irma Letter, quienes expresaron su deseo de unirse voluntariamente. Nuestro grupo de acción hizo una propuesta a la comunidad trans con una solicitud e intenciones para resolver la situación, de manera lo más pacífica posible, con enmiendas al Código de familia de la Federación Rusa sobre los derechos y libertades de las personas trans que cambian y/o están a punto de cambiar los documentos. Nuestra posición ha sido expresada, aceptada y apoyada por la comunidad. También muchos representantes conocidos de la comunidad trans acordaron apoyarnos públicamente. La posición es simple: evitar la aceptación de estas enmiendas al máximo, evitando acciones no autorizadas que puedan configurar la opinión pública contra nuestro grupo socialmente vulnerable.


El 18 de julio de 2020 del año en Moscú y San Petersburgo se llevaron a cabo piquetes individuales (mítines prohibidos por las autoridades) en las que los activistas, incluso sin tiempo para desplegar sus carteles, fueron detenidos por la policía y llevados a las estaciones de policía, donde fueron humillados, no se les permitió acceso a abogados y, en lugar de 3 horas (según Zkon), les mantuvieron 7 horas incluso sin agua. Ese día, 147 personas fueron detenidas y los medios anunciaron solo 33 casos de detención, ocultando la verdad al público. Irma Letter también fue detenida. La organizadora del piquete, Pauline Simonenko, fue arrestada durante 14 días, colocándola en un centro de detención masculino. Y Pauline solo tiene 19 años y nadie sabe cómo afectará su psique el arresto.El


Hasta la fecha (25.07.2020), hemos celebrado la primera conferencia de Prensa trans en la historia con la participación de los medios de comunicación, cuyo objetivo era declarar que tenemos, tenemos derechos, somos ciudadanos de buena fe del país, queremos ser como todos los demás y evitar la adopción de estas enmiendas inhumanas al Código de familia de la Federación Rusa. En eso no nos detenemos y trabajamos para las donaciones de personas. Obstaculizaremos en todos los sentidos la aprobación de este proyecto de ley en su forma actual. La segunda conferencia de Prensa con la participación de los medios de comunicación tendrá lugar 01.08.2020


Ahora más que nunca necesitamos todo el apoyo de toda la sociedad progresista de nuestro planeta, que no permanecerá indiferente al destino de las personas Trans en Rusia. Somos Personas como Usted.


Con respeto y esperanza de apoyo, Varvara Strange, Anastasia fedyanina, Anna Volkova e Irma Letter.
79055181166 WhatsApp, Telegram, vstrange@mail.ru Instagram, FB Varvara Strange

SAIER Barcelona, citas previas desde 12/05/2020

Desde el Servicio de Atención a Inmigrantes, Emigrantes y Refugiados (SAIER) del Ayuntamiento de Barcelona informa que, a partir del 12/05/2020, el sistema de solicitud de citas previas al SAIER vuelve a estar activado para que los interesados puedan solicitar una primera atención al servicio.

Hasta nuevas indicaciones, y por motivos de prevención de la Covid-19, las citas que se programen se realizarán de forma telefónica, por lo que, es fundamental que la persona usuaria proporcione un número de teléfono correcto o una dirección de correo electrónico para que desde el servicio podamos contactar.

Recordemos que, en el contexto de la alerta sanitaria, la atención presencial sigue siendo exclusiva para personas en situación de urgencia social y jurídica en la C / Font Honrada, 10, de lunes a viernes. Las urgencias sociales atienden con un horario de 9 a 13 horas y el resto de 9 a 15 horas.


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HERRAMIENTA PARA REDUCIR LAS VISITAS A LOS CAP (En Cataluña)

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A partir de hoy, por la situación especial de emergencia en que nos encontramos, CatSalut permite darse de alta en “La Meva Salut” por teléfono:

¿CÓMO?
Llamar gratuitamente al 900053723

¿CUÁNDO?
de lunes a viernes de 8h a 20h

Una vez inscritas, desde “La Meva Salut”  https://lamevasalut.gencat.cat/es podréis:

? e-consulta contactar directamente con su médico de primaria
? Descargar sus recetas
Y otros trámites como consultar historia clínica, etc.

Por favor, compartir esta información. Nos ayuda a reducir la atención presencial y la buena asistencia.

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CCOO abre Consultas online laborales concretas sobre lo #coronavirus

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Consultas laborales concretas sobre lo #coronavirus (abiertas a todos los trabajadores y trabajadoras )

?Llena este formulario y tendrás una respuesta lo más bien posible.

https://frontend.ccoo.cat/frmcoronavirus/

Fuente: https://twitter.com/ccoocatalunya/status/1239525603184979973?s=12

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